Guía completa de resoluciones DNIT para facturación electrónica en Paraguay: RG 21/2024, RG 52/2026 y más. Normas SIFEN actualizadas.
TL;DR: Desde la creación del SIFEN en 2017 hasta la Resolución General DNIT N° 52/2026, la normativa de facturación electrónica en Paraguay ha evolucionado en seis resoluciones clave. En este artículo encontrará el listado completo, las fechas de cada grupo de obligatoriedad y qué normas siguen vigentes a mayo de 2026.
Que un contador o empresario conozca las resoluciones DNIT sobre facturación electrónica no es un lujo académico. Es lo que separa a quien se entera de un cambio normativo por la notificación oficial de quien lo descubre cuando la DNIT ya le inhabilitó el timbrado.
Entre 2024 y 2026, la DNIT publicó tres resoluciones generales que redefinieron quién debe emitir factura electrónica, cuándo y bajo qué reglas. Ignorar una de ellas puede costarle la posibilidad de emitir comprobantes válidos al día siguiente del plazo. Y cuando eso pasa, no hay "no sabía" que la DNIT acepte como excusa.
Las resoluciones que todo contribuyente debe conocer
El marco normativo del SIFEN se construyó en capas. Arrancó con el Decreto N° 7795/2017, que creó el sistema, y desde entonces cada resolución general suma nuevos contribuyentes al régimen. Estas son las resoluciones vigentes que debe conocer:
| Resolución | Fecha | ¿Qué hizo? | Estado |
|---|---|---|---|
| RG SET N° 105/2021 | 2021 | Cronograma inicial: grupos 1 al 10 | Vigente (absorbida por DNIT) |
| RG DNIT N° 21/2024 | 30/12/2024 | Grupos 11 al 18, calendario 2025-2026 | Vigente, modificada parcialmente |
| RG DNIT N° 41/2025 | 2025 | Obligatoriedad proveedores del Estado | Vigente |
| **RG DNIT N° 52/2026** | **06/05/2026** | **Grupos 19 al 24, 3.000 nuevos facturadores** | **Vigente, más reciente** |
Cada una de estas resoluciones tiene un efecto directo sobre su empresa. No son papeles que firma la DNIT y quedan guardados en un cajón. Son normas que, si usted no las cumple en la fecha indicada, su facturación se detiene.
Fuente: DNIT — Portal de Resoluciones
¿Por qué cambió de SET a DNIT?
Hasta 2024, la autoridad tributaria era la SET (Subsecretaría de Estado de Tributación). Con la fusión con Aduanas, nació la DNIT (Dirección Nacional de Ingresos Tributarios). Las resoluciones anteriores a 2024 (RG SET 105/2021) siguen vigentes, pero las nuevas normas las emite la DNIT. Si usted busca "resoluciones SET facturación electrónica", va a encontrar documentos históricos. Si busca lo que está vigente ahora, busque "resoluciones DNIT".
RG DNIT N° 21/2024: la base del calendario actual
Publicada el 30 de diciembre de 2024, esta resolución designó los grupos 11 al 18 como facturadores electrónicos. Fue la primera gran norma de la DNIT en materia de SIFEN.
Grupos establecidos por RG 21/2024
| Grupo | Fecha de inicio | ¿Quiénes? |
|---|---|---|
| 11 | 02 de enero de 2025 | Contribuyentes designados en Anexo I |
| 12 | 01 de marzo de 2025 | Anexo II |
| 13 | 01 de mayo de 2025 | Anexo III |
| 14 | 01 de julio de 2025 | Anexo IV |
| 15 | 01 de setiembre de 2025 | Anexo V |
| 16 | 01 de noviembre de 2025 | Anexo VI |
| 17 | 02 de enero de 2026 | Anexo VII |
| 18 | 01 de marzo de 2026 | Anexo VIII |
Fuente: RG DNIT N° 21/2024 (PDF)
Lo que mucha gente no sabe es que esta resolución estableció un artículo clave: los proveedores del Estado debían regirse por la fecha de inicio del grupo que les correspondiera, no por una norma aparte. Eso cambió después con la RG 41/2025. Pero en ese momento, cualquier proveedor del Estado que ya estuviera en uno de estos grupos ya tenía fecha cierta.
RG DNIT N° 41/2025: la norma que apretó a los proveedores del Estado
Esta resolución vino a cerrar un agujero. La Ley N° 7021/2022 decía que los proveedores del Estado debían emitir factura electrónica, pero no especificaba cuándo ni bajo qué mecanismo. La RG 41/2025 estableció:
- Fecha límite: 2 de enero de 2026
- Alcance: Todos los contribuyentes con contratos vigentes con el Estado
- Qué documentos: Emisión exclusivamente electrónica de todos sus documentos tributarios
Si su empresa tiene un contrato con alguna entidad pública (ministerio, gobernación, municipalidad), usted está obligado a emitir factura electrónica desde enero de 2026. No importa si su grupo del calendario SIFEN aún no fue llamado. La obligación B2G es independiente y anterior.
RG DNIT N° 52/2026: lo último (mayo 2026)
Publicada el 6 de mayo de 2026, la Resolución General DNIT N° 52 designa a unos 3.000 nuevos contribuyentes como facturadores electrónicos, distribuidos en los grupos 19 al 24.
Datos clave de la RG 52/2026
- Nuevos grupos: 19 al 24
- Contribuyentes afectados: aproximadamente 3.000
- Primera fecha: 01 de junio de 2026 (Grupo 19)
- Última fecha: 01 de setiembre de 2027 (Grupo 24)
- Modifica parcialmente: la RG DNIT N° 21/2024
Calendario de obligatoriedad
| Anexo | Grupo | Fecha de inicio |
|---|---|---|
| I | 19 | 01 de junio de 2026 |
| II | 20 | 01 de setiembre de 2026 |
| III | 21 | 01 de diciembre de 2026 |
| IV | 22 | 02 de marzo de 2027 |
| V | 23 | 01 de junio de 2027 |
| VI | 24 | 01 de setiembre de 2027 |
Fuente: DNIT designa nuevos facturadores electrónicos — mayo 2026
A partir de la fecha de inicio de cada grupo, la autorización y el timbrado de documentos preimpresos o autoimpresos pierden vigencia al día siguiente. No hay período de gracia. No hay "vamos viendo". Si el 01 de junio de 2026 es la fecha de inicio de su grupo, el 02 de junio ya no puede emitir una factura en papel.
La RG 52/2026 también incluyó una novedad: los contribuyentes pueden solicitar una prórroga de hasta tres meses para la adhesión, algo que no existía en normas anteriores. Pero atención — solicitar la prórroga no es automático. Debe gestionarse ante la DNIT con la documentación que acredite la imposibilidad técnica de cumplir en fecha.
¿Cómo sé si mi RUC está en la RG 52/2026?
La DNIT publica los Anexos de cada resolución con los RUC incluidos. Si su RUC figura en alguno de los seis anexos, usted está designado. La consulta puede hacerse a través de:
1. Marangatu (portal de la DNIT) 2. Su estudio contable — es lo más rápido si usted trabaja con un contador 3. La DNIT directamente — en las oficinas o por los canales oficiales
La línea de tiempo completa (2017-2026)
Para entender dónde estamos hoy, mire la evolución completa:
| Año | Norma | Evento |
|---|---|---|
| 2017 | Decreto N° 7795/2017 | Creación del SIFEN |
| 2021 | RG SET N° 105/2021 | Primeros 10 grupos de facturadores |
| 2022 | Ley N° 7021/2022 | Contrataciones públicas — base B2G |
| 2023 | Decreto N° 872/2023 | Reglamento general de facturación electrónica |
| 2024 | RG DNIT N° 21/2024 | Grupos 11 al 18 |
| 2025 | RG DNIT N° 41/2025 | Obligatoriedad B2G desde 02/01/2026 |
| 2026 | **RG DNIT N° 52/2026** | Grupos 19 al 24 |
Fuente: ABC Color — Facturación electrónica: DNIT emite nuevo cronograma (07/05/2026)
Preguntas frecuentes sobre las resoluciones DNIT
¿Qué resolución DNIT me obliga a facturar electrónicamente?
Depende de cuándo fue designado su RUC. Si fue en las primeras oleadas (2021-2024), le aplica la RG SET 105/2021. Si fue entre 2024 y 2025, la RG DNIT 21/2024. Si fue designado en mayo de 2026, la RG DNIT 52/2026. Cada resolución publica los RUC en sus anexos.
¿La RG 52/2026 deroga la RG 21/2024?
No. La RG 52/2026 modifica parcialmente la RG 21/2024. Las normas anteriores siguen vigentes para los grupos que ya fueron designados. La RG 52 solo agrega los grupos 19 al 24 y ajusta algunos puntos.
¿Qué pasa si no cumplo con la fecha de mi grupo?
Los documentos preimpresos pierden vigencia al día siguiente de la fecha de inicio de su grupo. Si emite en papel después de esa fecha, ese comprobante no tiene validez fiscal. Además, la DNIT puede aplicar las sanciones previstas en el Código Tributario (Ley N° 125/1991).
¿Puedo adelantarme voluntariamente a la fecha de mi grupo?
Sí. No necesita esperar a la fecha de obligatoriedad para empezar a facturar electrónicamente. De hecho, es lo más recomendable. Las empresas que se preparan con anticipación —timbrado, CSC, pruebas— no tienen problemas el día del corte.
Conclusión: tres resoluciones, un solo camino
Desde la RG 21/2024 hasta la RG 52/2026, el mensaje de la DNIT es consistente: la facturación electrónica es el presente, no el futuro. Si su RUC ya fue designado por alguna de estas resoluciones, usted ya debería estar emitiendo DTEs. Si su grupo está entre los nuevos (19 al 24), su fecha límite está más cerca de lo que piensa.
Si usted no está seguro de cuál resolución le aplica, consulte los anexos o hable con su estudio contable. Pero no deje pasar la fecha. La DNIT no avisa dos veces, nomás. La Guía completa de factura electrónica en Paraguay contiene el panorama general del sistema SIFEN, incluyendo cómo funciona el proceso de validación y los tipos de DTE disponibles. Y si su grupo está entre los designados, revise el detalle de la Obligatoriedad SIFEN 2026: grupos y fechas para no perderse ningún plazo.
*Este artículo se actualizó por última vez el 22 de mayo de 2026 con la información disponible de la DNIT. Las resoluciones pueden ser modificadas o complementadas.*
Revisado por Equipo Editorial Facturazzi el 22/5/2026.
